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NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL

CONJUNTO RESIDENCIAL CUMBRES DE MIRAVILA

En ejecución de lo previsto en el Artículo 26 de la Ley de la Propiedad Horizontal, se establecen las siguientes NORMAS DE CONVIVENCIA, que tienen por objetivos:

1. Armonizar la vida en común de los propietarios y residentes del Conjunto Residencial Cumbres de Miravila en la mejor forma posible y dentro de las normas de educación, moralidad y buenas costumbres que deben observar y mantener todos los habitantes del inmueble, respetando el principio de que “el derecho de cada propietario termina donde comienza el de los demás co-propietarios”, y

2. Cuidar y velar por la cosa común en su conjunto (áreas comunes) para evitar el deterioro por descuido y/o mal uso de la misma.

Área de la Churuata

USO DE TODO TIPO DE EVENTOS SOCIALES FESTIVOS Y/O PARRILLADAS

  1. El uso del área de La Churuata, se debe solicitar a la Junta de Condominio con un lapso no menor a 5 días hábiles de anticipación al evento, de forma que solo se efectué un evento al día.  
  2. El costo de uso estará estipulado en el contrato de uso que debe ser leído y firmado como aceptadas las condiciones de uso por el propietario.  Este costo será revisado periódicamente en reunión Propietarios ordinaria.
  3. En caso de daños, UNA VEZ SE HAYA EVIDENCIADO QUE EL ESPACIO SE ENTREGA EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE SE HA RECIBIDO, estos serán cobrados y cargados en su recibo de condominio, adjuntando las facturas correspondientes por reparaciones y/o reposiciones.

ESTOS INGRESOS VAN AL FONDO DE RESERVA DEL CONJUNTO Y SE EMPLEARAN PARA REALIZAR MEJORAS PARA ESTA AREA.

  • Solo podrán hacer uso el área aquellos copropietarios y/o inquilinos que estén al día con las mensualidades del condominio.
  • El copropietario y/o inquilino deberá responsabilizarse por la limpieza del lugar al terminar el evento.  En caso de no hacerlo, se cobrará una multa equivalente al costo total del área.  Este cargo no cubrirá daños ocasionados, ni limpieza extraordinaria, como desengrasar pisos o desmanchar paredes y piso, techo,  jardineras, etc. Queda prohibida la utilización de los Vigilantes para este fin.
  • No deberán dejar botellas ni desperdicios en el área, los mismos deben ser dispuestos dentro del cuarto de basura principal que se encuentra en el área posterior de la torre B-Sur.
  • Solo esta permitido la utilización de la PARRILLERA del área de la Churuata, la que deberá ser reservada con un mínimo de 48 horas.  El DERECHO DE USO será mensual por propietario y/o inquilino para dar oportunidad al uso por todos por igual, y solo cuando no haya programado un evento festivo para esa fecha.  La limpieza del área es de total responsabilidad del usuario.
  • Los copropietarios y/o inquilinos deben respetar el horario de uso del área para la realización de sus eventos, que es:
  1. lunes a jueves 12 m a 7 p.m.
    1. viernes y sábados 10 a.m. a 12 p.m., y
    1. domingos y días feriados 12 m a 8 p.m.

Recordamos en las NORMAS DE CONVIVENCIA que el horario de La Churuata no afecta el horario para uso de la piscina, está tiene su propio horario.  El horario será supervisado por el servicio de vigilancia.

  • El copropietario y/o inquilino será responsable por el comportamiento de sus invitados, velando por que estos permanezcan en el área de La Churuata, así como por la tranquilidad del conjunto y que sean cumplidas las normas expuestas.  El servicio de Vigilancia tendrán la autoridad para retirar invitados de las zonas no permitidas para el evento.
  1. No esta permitido usar papelillos y/o serpentinas u otros adornos que sean expansivos y de difícil limpieza en esta área, o que puedan ocasionar obstrucción de alcantarillas y/o desagues.
  1. Se recuerda que los baños del área, son para uso exclusivo de propietarios e invitados para el evento que se este celebrando en La Churuata.
  1. El incumplimiento de la normativa aquí expuesta, generará al propietario y/o inquilino como penalidad, la perdida del derecho de uso por un lapso de dos (02) años, más el pago de los daños causados, que serán cargados a su recibo de condominio del mes siguiente.
  2.  La música debe ser orientada en sentido opuesto a los apartamentos, y estar a nivel moderado a bajo para evitar molestias a los demás propios y de edificios vecinos.
  1.  El área de fiesta esta limitada por  182 mt2, según croquis.
  1.  Se debe suministrar lista de invitados al personal de vigilancia del conjunto y de la urbanización antes del evento.  Los invitados al evento no podrán exceder de 50 personas.
  1.  En caso de hacer un evento sin la reservación, siguiendo los pasos convencionales, será cargado en su recibo de condominio los costes de uso, además de ser suspendido por dos (2) años para el uso futuro del mismo.

Normativa del uso de la Piscina

  1. El Horario de uso de la Piscina es de 10,00 a.m. a 7,00 p.m., todos los días, Excluyendo los días lunes y viernes de cada semana, en la mañana, ya que están destinados a su mantenimiento.
  2. Por razones higiénicas es obligatorio ducharse antes de entrar a la piscina, igualmente cuando se haga uso de cremas y bloqueadores.  Esta PROHIBIDO el uso de bronceadores de aceite porque tapan el filtro.
  3. El uso de la piscina requiere la utilización de la vestimenta adecuada y no está permitido introducirse a la misma con ropas diferentes a trajes de Baño.
  4. En el área de la piscina (no dentro) ESTÁ PERMITIDO ingerir comidas ligeras y bebidas con moderación, de manera tal que complementen el sano esparcimiento de los usuarios.
  5. Es responsabilidad de los usuarios mantener el área limpia y velar por que no se utilicen envases de vidrio ni queden restos de comidas en los alrededores.
  6. No está permitido el uso de música o reproductores con un volumen que afecten la paz y tranquilidad de los residentes.
  7. No están permitidos los juegos grupales ni un comportamiento que afecte la quietud en las instalaciones así como una conducta que refleje un comportamiento ajeno a la moral y buenas costumbres.
  8. No está permitido el uso de INFLABLES cuyo tamaño pueda obstaculizar la visibilidad de otros usuarios, en particular cuando estén niños utilizando la instalación.
  9. Está expresamente prohibida la entrada de mascotas en el área de la piscina y sus alrededores.
  10. No está permitido entrar con ropa mojada a los pasillos o áreas comunes del edificio, la circulación por estas áreas debe realizarse con decoro y decencia en el uso de la vestimenta por parte de los usuarios de la piscina. Recordemos que no es un club si no una residencia, por ende limitarse a utilizar la ropa de baño solo en el área de la piscina y en NINGUNA OTRA DEL CONJUNTO.
  11. La piscina es una instalación propia para el uso de residentes del edificio, no obstante podrán asistir sus invitados con moderación, constituyéndose el residente la persona responsable por el cumplimiento de las normas aquí contenidas y teniendo el mismo que estar presente en el área.
  12. La piscina y sus instalaciones contiguas podrán utilizarse para eventos y fiestas bajo la modalidad de alquiler, previa solicitud aprobada a la Junta de Condominio, ajustándose al reglamento vigente y aprobado, que para tal fin exista.  Esto no exime a los propietarios del uso a su gusto.
  13. Los usuarios de las instalaciones se inhibirán de utilizar la piscina durante el tiempo que dure el mantenimiento rutinario de las aguas, esta situación será señalada mediante aviso que se colocará en las inmediaciones hasta la conclusión del mismo.
  14. Será el servicio de vigilancia quienes en cumplimiento de estas normas o por orden de la Junta de Condominio, velaran por que el comportamiento de los usuarios se ajuste a los parámetros aquí contenidos.
  15. La Junta de Condominio declina toda responsabilidad por accidentes personales o lesiones que se deriven del mal uso de las instalaciones, por lo que recae en los usuarios o sus representantes todo lo concerniente a las situaciones que se deriven de esta. El uso de las instalaciones es por cuenta y riesgo del usuario.

Cuidado de áreas verdes

  1. No pisar la grama.
  2. No lanzar basura.
  3. No maltratar las plantas. No brincar las jardineras.Esta prohibido el paso de mascotas o que hagan sus necesidades en cualquier área del conjunto.
  4. efectos de las normas antes expuestas, serán responsables de velar por su cumplimiento tanto el personal de seguridad como los propietarios e inquilinos del conjunto.

NORMAS DE CONVIVENCIA en el Áreas del Edificio

  1. Utilizar bolsas adecuadas para botar la basura por los ductos evitando así que se quede atascada, o que puedan causar daños a los mismos.
  2. Abstenerse de lanzar cajas y objetos que puedan quedar atascados en el ducto de la basura.
  3. No lanzar botellas y objetos punzo-cortantes por el ducto de la basura, ya que se les puede causar daños al personal de mantenimiento y a los mismos ductos.
  4. Todo desecho, “NO” escombros, que no pueda ser lanzado por el ducto de la basura, debe ser colocado en el cuarto principal,  que está ubicado detrás de la torre B, no usar las papeleras del conjunto ni las rampas de entrada hacia los cuartos de basura de las torres.
  5. No está permitido dejar basura en las rampas que conducen a los cuartos de basura de cada torre, ya que producen interrupción del paso, malos olores, mal aspecto y a consecuencia, la proliferación de roedores y caninos callejeros.
  6. No esta permitido correr por los pasillos del edificio, ni montar ningún medio de transporte como bicicletas, patinetas, patines, etc.
  7. Mantener un volumen de música y de voces moderado a bajo en las fiestas y/o reuniones que se celebren en los apartamentos.
  8. Prohibido la utilización de los pasillos a usos distinto a la circulación.
  9. Respetar el horario para los trabajos y ruidos molestos.

Lunes a Viernes                8:00am a 12pm y de 2:00pm a 6:00pm

Sábados                               11:00am a 4:00pm

Domingos y Feriados      NINGÚN TRABAJO QUE PROVOQUE RUIDOS MOLESTOS

Estacionamientos

  1. Los visitantes deberán estacionar en los puestos destinados para tal fin, a saber, todos los que se encuentran ubicados en la parte de atrás del conjunto. NO DEBEN OCUPAR PUESTOS DE OTROS VECINOS SALVO MEDIANTE COMUNICACIÓN EXPRESA.
  2. No lavar los vehículos en los sótanos, estacionamientos u otras comunes del conjunto.
  3. No está permitido el libre tránsito por los estacionamientos por parte de personas ajenas al conjunto.
  4. No esta permitido que se utilicen los estacionamientos para juegos (de cualquier índole), correr, manejar bicicleta, patinar, pelotas, etc.
  5. Los propietarios y/o inquilinos que tengan un evento en el área de la piscina o La Churuata, tendrán la responsabilidad de vigilar que sus invitados no transiten por el área de los estacionamientos, bien sea nivel de piscina o en los sótanos.
  6. Todo propietario y/o usuario que haga uso indebido de un puesto o estacione en un puesto que no le corresponda, se expone a una infracción expresada por  la colocación de calcomanía en su vehículo.

Normativa Áreas Comunes

  1. No se podrá sobrecargar el sistema eléctrico con equipos de alto consumo.
  2. No se deben hacer ruidos molestos que perturben el resto del vecindario.
  3. No está permitido hacer modificaciones en la fachada.
  4. No está permitido instalar antenas de cualquier tipo (TV, Radio, TV por cable, etc) en las fachadas o lugares que sean visibles desde adentro o fuera del Conjunto.
  5. No está permitido colgar ropa en las ventanas.
  6. No obstruir, dañar, invadir o modificar los canales de drenajes.
  7. No se deben sembrar plantas directamente en las jardineras de los apartamentos, solamente en porrones.  Esto con el fin de evitar filtraciones.

Forman parte integral de este Reglamento de NORMAS DE CONVIVENCIA:

Anexo 1.

Reglamento para el funcionamiento y contraloría de las Juntas de Condominio

Anexo 2.

Reglamento para mudanzas y manipulación de materiales de construcción y sobre el personal obrero (albañiles, pintores, plomeros, domesticas, etc.)

Anexo 3.

Reglamento y funciones de los de vigilantes

Anexo 4.

Solicitud para Alquiler Área de fiestas o Churuata

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